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INSTITUCION EDUCATIVA GUARUMO

DE CARACTER OFICIAL

RESOLUCIÓN Nº

 

Por el (la) cual se reglamenta la Evaluación de los  aprendizajes y Promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media academica.

 

 

EL RECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA GUARUMO DEL MUNICIPIO DE CÁCERES ANTIOQUIA

 

En ejercicio de su facultades institucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 6  del Decreto  1290 de 16 de abril 2009.

 

CONSIDERANDO

El artículo 4. Del decreto 1290 de 2009, establece que para la definición del sistema institucional de evaluación de los estudiantes, que hace parte del Proyecto Educativo Institucional, se debe tener en cuenta el siguiente contenido:

  • Los criterios de evaluación y promoción.
  • La escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional.
  • Las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
  • Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar.
  • Los procesos de autoevaluación de los estudiantes.
  • Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes.
  • Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema institucional de evaluación.
  • La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia.
  • La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación.
  • Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción.
  • Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

Que el Artículo 6 del decreto 1290 de 2009, ordena que cada establecimiento educativo determinara los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación  de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia  que incida en la promoción del estudiante.

El Articulo 8, numeral 2 ordena socializar el sistema institucional de evaluación  con la    comunidad educativa.

(Que) el Articulo 8, numeral 3, ordena aprobar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes en sesión con el Consejo Directivo y consignación en el acta.

Que el Articulo 8, numeral 7 del decreto 1290 de 2009, ordena informar sobre el sistema institucional de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada periodo escolar.

El Articulo 11,  numeral 1 del decreto 1290 de 2009, establece que es responsabilidad del establecimiento educativo definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico.

 

 

LA INSTITUCION EDUCATIVA GUARUMO

 

RESUELVE:

EVALUACION Y PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES

 

                ARTICULO 1.  Objeto de la resolución: La presente resolución  define el sistema institucional de evaluación de los estudiantes en la I.E Guarumo.

 

ARTICULO 2.  Evaluación  de los estudiantes.  La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en la Institución Educativa Guarumo, se aplica a los educandos de educación básica y media y se entiende como el proceso permanente y objetivo para  valorar el nivel de desempeño de los estudiantes, esta será continua e integral, y se hará con referencia a  Cuatro Periodos, de igual duración en los que se divide el año escolar.

 

PARAGRAFO. El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del  Decreto 2247 de 1997, La condesa, La lancha y la sede Puente de Rio Man Nuevo Oriente se regirán por el sistema de escuela nueva y pos primaria.

 

ARTICULO 3. Propósito de la evaluación institucional de los estudiantes.

 

Son  propósitos de la evaluación de los estudiantes en la Institución Educativa Guarumo:

-Identificar las características personales, intereses, ritmos  y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

-Proporcionar   información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el  desarrollo  integral del estudiante.

-Desarrollar responsabilidad en el educando para que realice su autoevaluación de forma objetiva, creando conciencia de lo importante que resulta para su proceso de formación.

-Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten dificultades y desempeño superior en su proceso formativo.

-Determinar  la promoción de los estudiantes.

-Suministrar información que contribuya  a la autoevaluación académica  de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.

Aportar información  para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

 

ARTICULO 4. La evaluación en la Institución Educativa Guarumo será:

 

CONTINUA: es decir que se realizara en forma permanente haciendo un seguimiento  al educando,  que permita observar los avances  y/o las dificultades que se presenten en su proceso de formación.  Se hará  al final de cada proceso.

INTEGRAL: Se tendrá en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del  estudiante, como las pruebas escritas para evidenciar el proceso de aprendizaje y organización del  conocimiento.

 

Se le  aplicaran tipos pruebas icfes, saber, las que permitan la consulta de textos, notas, soluciones de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones,  y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados, de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos , cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso de ejercicios y que no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos.

LA OBSERVACION DE COMPORTAMIENTO: actitudes, valores, aptitudes, desempeño cotidianos, conocimientos.

 

EL DIALOGO, con el estudiante y padre de familia, como elemento  de reflexión y análisis, para obtener información y confrontar con la obtenida en la observación y en las pruebas escritas.

 

Se permite la AUTOEVALAUACION por parte de los estudiantes.

La CO-EVALAUCION entre los estudiantes, cuando se desarrollen cualquier tipo de pruebas.

HETERO-EVALAUCION.   Educador al  estudiante.

 

  1. SISTEMATICA: se realiza la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión del plantel, los estándares de competencias de las diferentes aéreas,  los indicadores de desempeño, lineamientos curriculares o estructura científica de las aéreas, los contenidos, métodos  y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.

 

  1. FLEXIBLE: se tendrán en cuenta los ritmos de aprendizajes de los estudiantes en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.

 

Los profesores identificaran las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, habilidades   y limitaciones, para darles un trato justo y equitativo en la evaluación de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida.

 

  1. INTERPRETATIVA: se permitirá que los estudiante comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de aprendizaje de manera normal.

 

  1. PARTICIPATIVA: se involucra en la evaluación al estudiantes, docente, padre de familia (tendrá una nota), y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesas redonda, trabajo en equipo, debate, seminario, exposiciones, practicas de campo y de taller, con el fin de que alcancen, entre otras, las competencias de argumentar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor.

 

  1. FORMATIVA: permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en algunas aéreas, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.

 

ARTICULO 5: Valoración de desempeños, estándares, asignatura y áreas.  En cada uno de los cuatro periodos se evaluara cualitativamente y cuantitativamente el aprendizaje del estudiante en todas las áreas de formación, en aspectos tales como el alcance de desempeños, estándar o competencia, en desarrollo de los procesos,  la utilización de los recursos, la adquisición y progreso en el ejercicio de las habilidades, destrezas y desempeños.

En  cada desempeño por asignatura la escala de valoración es de 1.0  a   5.0  con las siguientes equivalencias respecto a la escala nacional.

 

Desempeño SUPERIOR     4.6  a  5.0

Desempeño  ALTO            4.0  a  4.59

Desempeño  BASICO        3.0  a  3.99

Desempeño  BAJO           menor de 3.0  (1.0  a  2.99)

 

PARAGRAFO 1.  De conformidad con el articulo 79 de  la ley 115 de 1994 cada área  puede  ser conformada por asignaturas del mismo campo del conocimiento.  El plan de estudio determinara dicha conformación.  En todos los periodos se evaluara por asignaturas, para el  informe final, se promediaran las asignaturas que conforman el área y se emitirá la valoración del área.

 

ARTICULO 6.  DE LA PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES.

Los  estudiantes serán promovidos al siguiente grado, cuando hayan obtenido en las  áreas contempladas en el plan de estudio de la institución educativa guarumo, una calificación mínima de 3.00  y alcanzado un desempeño básico, alto, o  superior.

 

Si un estudiante al terminar el año escolar presenta desempeño bajo (calificación menor  de  3.0) en 1  o  2  áreas, tiene la posibilidad de ser promovido bajo las siguientes condiciones:

 

  1. Realizar Cursos de recuperación en el mes de julio, si tiene mas de 60% de desempeño bajo en las áreas de matemáticas, y español.
  2. Presentar evaluación la ultima semana del mes de agosto y/o trabajo escrito: si el desempeño bajo se da en las otras áreas del plan de estudio.
  3. Si el estudiante pierde dos cursos de recuperación o pierde las evaluaciones, tendrá que matricularse en el mismo grado para repetir y se le podría aplicar promoción anticipada en el primer periodo del año escolar, previo análisis y concertación del comité valorativo y de apoyo y aprobado por el consejo académico de la institución educativa guarumo.
  4. Si pierde un curso de recuperación o la evaluación y gana el otro, puede tener la oportunidad de otra evaluación escrita, antes de finalizar el primer periodo.

 

Al terminar el año lectivo, el COMITÉ VALORATIVO Y DE APOYO (COVA) de cada grado será el encargado de determinar cuales educando deben repetir un grado determinado y emitirá el  concepto valorativo integral final a cada

estudiante.

 

Se consideraran para la REPETICION de un grado cualquier, los siguientes educandos:

 

  1. Estudiante con valoración final con desempeño bajo (menor a 3.0) en tres o más áreas.
  2. Educando que hayan dejado de asistir injustificadamente a mas del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.  Cuando el estudiante haya faltado en dicho porcentaje a un área/asignatura obligatoria u optativa la valoración reprobatoria será de uno (1.0).

 

PARAGRAFO 1. Toda inasistencia a las actividades curriculares debe ser justificada dentro de los cinco (5) días hábiles siguiente a la ausencia.

 

PAROGRAFO  2.  De conformidad con el artículo 96 de la ley 115 de 1994 y el articulo 6, inciso segundo del decreto 1290 de 2009, los estudiantes que reprueben un grado por primera vez no podrán ser  excluidos de la institución, si no mediante otras causas expresamente contempladas en el manual de convivencia.

 

PARAGRAFO 3. Después de cada periodo escolar y especialmente al finalizar el año lectivo,  los directivos docentes y los comité  valorativo y de apoyo (COVA) de cada grado deben analizar los resultados de las evaluaciones, a fin de orientar y corregir oportunamente las situaciones deficientes en el proceso formativo de los estudiantes, particularmente cuando haya un alto porcentaje de estudiante no promovidos.

 

PARAGRAFO 4. En el transcurso de los cuatro periodos del año escolar, las  coordinaciones  llevaran a cabo un programa de NIVELACION QUINCENAL de los estudiantes, informándose previamente al padre de familia o acudiente a través de una circular y dejando constancia en la rectoría, asistir a las nivelaciones es obligatorio.

 

ARTICULO 7. PROMOCION  ANTICIPADA DE GRADO.

Durante el primer periodo del año escolar el consejo académico por medio del COVA, previo consentimiento de los padres de familia, recomendara  ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del  grado que cursa.  La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el libro de registro escolar.

 

PARAGRAFO 1. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PROMOCION ANTICIPADA.

 

Los  estudiantes, los padres de familia, acudiente o docentes,  coordinadores, pueden solicitar al comité valorativo y de apoyo (COVA), la promoción anticipada de uno o varios estudiantes, para ello deben presentar por escrito las razones que tienen para hacerlo.

 

Los docentes titulares de cada grado en caso de la básica primaria, y los de las respectivas áreas en la básica secundaria y media, (excepto el grado  11° que se debe cursar completo), aconsejara al comité valorativo y de apoyo (COVA) si la petición es o no pertinente para avanzar en ella.

 

Si el COVA encuentra merito para atender la solicitud, elabora un Acta para el rector debidamente sustentada, con el fin de que este emita la resolución Rectoral  que legalice dicha situación, previa consulta que hará este con el padre de familia o acudiente y el educando que se promueve en forma anticipada.

 

Se expide las evaluaciones finales de cada área, en el momento de producirse la promoción anticipada, y copia de la Resolución reposara en el libro de calificaciones, además de entregarla al estudiante promovido.

 

ARTICULO 8. EDUCANDO NO PROMOVIDOS. La institución educativa guarumo, orientara al padre de familia sobre un programa específico para educandos no promovidos durante el año lectivo inmediatamente anterior.  Se hará  un seguimiento al estudiante durante el primer periodo y en la medida en que este demuestre su actitud el deseo de superar  sus desempeños bajos, que no permitieron su promoción, se le favorecerá realizando 6 actividades académicas por cada área, en diferentes fechas del  1° periodo, determinadas por el  COVA, que al promediarse, si fuere necesario, permitirán obtener la valoración  definitiva y así decidir si se promueve o  no el estudiante al grado siguiente (artículo 7, parágrafo 1 y articulo 11, numeral 2 del  decreto 1290 de 2009).

 

 

ARTICULO 9. RECUPERACIONES. Todo  educando que haya obtenido desempeño bajo (menos  de 3.0) en la valoración final de una o dos áreas  podrá hacer curso de recuperación o presentar una nueva evaluación de esas áreas a mas tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar.  Este  debe superarlas y aprobarlas para ser promovido al grado superior o para obtener el diploma de bachiller, excepto en el caso contemplado en el artículo 6, numeral 3 de esta Resolución.

 

Esta evaluación se basara en un programa de refuerzo pertinente con las dificultades que presento el educando y que el profesor del área  le entregara  al finalizar  el año escolar, del que debe quedar copia certificada en la coordinación del plantel.  La evaluación se calificara de acuerdo con los términos del artículo 5 de esta resolución  rectoral  y su resultado, ya sea este aprobatorio o no, deberá quedar consignado en el registro escolar del educando y será la definitiva para dicha área; pero esta valoración de desempeño no se tendrá en cuenta para sacar el promedio de todas las áreas.

 

 

PARAGRAFO 1. El estudiante que pasado un  año lectivo escolar, contando desde el ultimo día de clase, no haya efectuado las recuperaciones de una o dos áreas no aprobadas, debe repetir el curso, si desea continuar con sus estudios.

 

PARAGRAFO 2.  La definición o perdida de grado anteriores a la fecha de la presente resolución por tener áreas pendientes de evaluación o valoración, recuperaciones, se hará de conformidad con lo dispuesto en las normas educativas vigentes en la fecha de la situación no resuelta.

 

ARTICULO 10. DESIGNACION DE UN SEGUNDO EVALUADOR.  Cuando por circunstancias excepcionales, debidamente comprobadas, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante y el padre de familia y/o estudiante lo soliciten, el COVA podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedara como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a  “OBSERVACIONES”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.

 

ARTICULO 11. GRADUACION.  En la institución educativa guarumo, se realizara solamente la ceremonia de grado para los alumnos de once (11°).  En los otros niveles y ciclo se realizara ceremonia de clausura.

 

El título de bachiller se otorga a los alumnos de grado once, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo el once, teniendo en cuenta:

  • Estar a paz y salvo académicamente en el ciclo de educación media y por todo concepto con la parte administrativa de la institución educativa.
  • Haber demostrado y cumplido con las condiciones básicas establecidas en el plan de estudio y el manual de convivencia.
  • Asistir como mínimo al 75% de las actividades curriculares. En caso contrario haber presentado justificaciones validas de las inasistencias, previa presentación personal del padre de familia o acudiente.
  • Haber presentado el certificado de cumplimiento de las 80 horas obligatorias de servicio social.
  • No haber sido suspendido en más de una ocasión y/o presentar continuas faltas al manual de Convivencia, a juicio del COVA.
  • Si el estudiante de 11° tiene logros pendientes y debe hacer curso de recuperación se llevara el caso a consejo Directivo y este analiza y determina si puede asistir a ceremonia de grado, con algunas restricciones.

 

PARAGRAFO 1. En caso de reunir los requisitos académicos y no los anteriores, será graduado por ventanilla.

 

PARAGRAFO 2.  El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir, no se reprueba. Al terminar este nivel se hace ceremonia de clausura.

 

 

ARTICULO 13. LA ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

 

La valoración de cada desempeño/competencia por asignatura  o  área se expresara en una escala de uno (1.0) a cinco (5.0).  Se aprobara tres (3.0).  La equivalencia conceptual es la siguiente:

 

Aprobado  4.6

a  5.0  Desempeño superior.   90% -100%.

Aprobado  4.0  a  4.59Desempeño Alto.            80%-   89%.

Aprobado  3.0  a  3.99 Desempeño Básico         60%-  79%.

Desaprobado 1-0 a  2.99 Desempeño bajo           1% – 59%.

 

El informe final se dará teniendo  en cuenta la evaluación integral del estudiante en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los desempeños, competencias y estándares propuestos para todo el año en el plan de estudio.

 

Al informe final se le anexara una valoración que el COVA hace al estudiante en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el año.

 

ARTICULO 14. REPROBACION POR AREAS. Los alumnos tendrán la evaluación de desempeño bajo cuando no alcancen al finalizar el año escolar, el 60% de los logros previstos para el área, caso en el cual se considera reprobada dicha área y se tendrá que realizar actividades de nivelación para el caso de una o dos áreas reprobadas.  Articulo.6 numerales 1 y 2.

 

Tres áreas con Desempeño Bajo, se considera REPROBADO el grado, el cual deberá repetirse en su totalidad.

 

ARTICULO 15. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. En todas las evaluaciones  parciales o totales que se haga a los estudiantes, se tiene en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:

 

  1. Se define los desempeño y los indicadores de desempeño de cada asignatura en el respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del sistema educativo, Objetivos por niveles y ciclo, Visión y  Misión institucional, Estándares básicos de competencias y lineamientos Curriculares.
  2. Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los educandos a lo largo del desarrollo de la asignatura, de tal forma que tenga correspondencia con los indicadores de desempeño y las competencias fijadas para los periodos y para todo el año escolar.
  3. Se observara el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades, tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores, desempeño personal y social, y otros que incidan en su formación integral.
  4. El Consejo Académico en pleno elabora los juicios valorativos que de acuerdo con la naturaleza de las áreas, deben demostrar en su desempeño los estudiantes, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos.
  5. Finalmente se toman las decisiones que permitan a todos los estudiantes alcanzar los más altos niveles de rendimiento  en los indicadores de desempeño y competencias, que les permitan su promoción a los grados superiores del Sistema Educativo, plasmadas en las escalas valorativas, numéricas y conceptuales descritas anteriormente.

 

ARTICULO 16. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

 

Como la valoración es un proceso continuo, los docentes realizan con los estudiantes al finalizar cada clase, tema, unidad o periodo, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, practicas de campo o de taller, prácticas de laboratorio, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos  en el proceso formativo de sus hijos.

 

  1. Constantemente el COVA, analizara deficiencias notorias de aprendizaje de algunos estudiantes por cada asignatura, se informara oportunamente a los padres y se quedara en las jornadas de nivelación que el colegio ofrece, sin ningún costo, los días
  2. Se designaran estudiantes monitores que tengan buen rendimiento académico y personal, para ayudar a los que tengan dificultades, con el fin de ayudarles a superarlas.
  3. Se sugiere actividades de nivelación especial, para estudiantes con desempeño muy bajo, en los momentos en que el COVA considere oportuno.

 

ARTICULO 17. PROCESO DE AUTOEVALUACION DE LOS ESTUDIANTES. Además  de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus educandos en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan hacer auto-reflexión y evaluación de carácter conceptual y formativo, los cuales tiene un valor muy importante en la valoración  final de periodo o de año que se haga, siempre y cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.

 

  1. Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar, además co-evaluaciones  entre los mismos estudiantes, como ejercicios practicos en clase.
  2. Se realizaran charlas practicas que induzcan y aclaren a los alumnos, la importancia de saber emitir juicios de valor con responsabilidad y honestidad, sobre sus destrezas y limitaciones.

 

 

ARTICULO 18. ESTRATEGIA APOYO PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES:

 

Recuperaciones: ver el artículo 9 de la presente resolución.

 

ARTICULO 19. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIOS DOCENTES Y DOCENTES DE LA INSTITUCION  EDUCATIVA  GUARUMO, CUMPLA CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN ESTE SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION.

 

Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta Resolución  Rectoral, cualquier miembro del Consejo Directivo, del Consejo Académico, del  Consejo Estudiantil, de la Asamblea de padres de familia; estarán atentos para que estas pautas sean conocidas y divulgadas ante la comunidad educativa, para cuando detecten alguna  irregularidad, se puedan dirigir en primera instancia a los docentes de curso o área,  al  Consejo Académico, al Consejo Directivo o la Rectoría.

 

PARAGRAFO 1.  El Consejo académico conformara, para cada grado, un  COMITÉ VALORATIVO Y DE APOYO, integrado por un numero de mínimo 3 docentes, el coordinador del nivel, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución, el  Rector o su delegado, quien lo convocara y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los estudiantes y hacer recomendaciones de actividades de refuerzos y superación para estudiantes que presentan dificultades.

 

Para apoyar las actividades de evaluación y promoción, el consejo académico designara dentro de los primeros quince (15) días posteriores al inicio del año escolar, los Comité Valorativo y de apoyo.

 

Funciones de los comité valorativo y de apoyo (COVA)

 

  1. Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.
  2. Orientar a los profesores para revisar las practicas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores de desempeño a los estudiantes que presenten dificultades en su obtención.
  3. Analizar situaciones relevantes de desempeño bajo, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, educando y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos.
  4. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes con desempeño superior que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias.
  5. Servir de instancia para decidir sobre aplicaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendara la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
  6. Verificar y controlar que los directivos docentes y docentes cumplan con lo establecido en el sistema institucional de evaluación definido en la presente Resolución Rectoral.
  7. Otras que determina la institución a través del PEI.
  8. Darse su propio reglamento.

 

PARAGRAFO 2. REUNION DEL COMITÉ VALORATIVO Y DE APOYO: cada comité de grado se  reunirá cuantas veces lo crea necesario por citación del Rector, coordinador o en su defecto por el delegado de este,  cuando existan solicitudes de promoción anticipada o errores en procedimiento en las decisiones tomadas.  Cada  comité tiene obligación de celebrar – como mínimo – una reunión al culminar cada periodo académico en los cuatro (4) días hábiles siguientes, salvo, el último, al culminar todas las actividades académicas, que se reúnen a los días siguientes de finalizar el último día de clases con los estudiantes y dentro de la última semana de desarrollo institucional.

 

Los  docentes que orientan clases en los grupos, antes de culminar el periodo, deben reunirse con el propósito de compartir información académica y de convivencia de los estudiantes y decidir acciones conjuntas para el mejoramiento  curricular y coadyuvar en el proceso de valoración, apoyo y promoción.

 

Las decisiones de cada comité no pueden ser cambiadas por otros organismos o directivo docentes.  Las decisiones de los COVA por grado son susceptibles de los recursos de reposición y apelación, el primero ante la misma comisión el segundo ante el consejo académico.  Las  decisiones se toman teniendo en cuenta la mayoría simple.  Las decisiones  del  comité, se plasman en actas oficiales, debidamente numeradas.  Ninguno  de los comisionados se podrá negar a firmar las actas.  Si tiene reparo u objeciones dejara constancia en la correspondiente acta.

 

Es obligación del  coordinador, elaborar un formato donde aparezcan los estudiantes con todas las asignaturas de cada grado que presentan desempeño académico bajos.  Dicho formato será publicado en la sala de docente.

 

Cada que se reúna el comité, al culminar un periodo académico, debe dejar plasmada en el acta las recomendaciones de actividad de refuerzos y superación y citar a los padres de familia para acordar el compromiso entre  los involucrados.

 

Los padres de familia se citan por cualquier medio idóneo e incluso por intermedio del estudiante que presenta deficiencias  académicas, quien firmara la copia que reposara en la carpeta de la respectiva comisión.

 

ARTICULO 20. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.  Los informes de evaluación se entregaran a los padres de familia o acudientes en reuniones programadas.  Es un deber el asistir a las reuniones,  en el caso que no  puedan asistir, deben presentarse al colegio con su hijo al siguiente día hábil,  para hablar con el  coordinador, el  Rector, o docentes, está en la obligación de programar y atender las citas que los padres de familia soliciten para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos, en particular para aclaraciones sobre los informes de evaluación.

 

Las  evaluaciones de las clases, unidades académicas, trabajos, tareas, se entregan a los estudiantes en la semana siguiente a la realización de las mismas, y se conocerán previamente  a la entrega de los informes periódicos, el resultado final del mismo, para las  respectivas reclamaciones ante las instancias establecidas en la institución, antes de ser digitadas en los boletines informativos.

 

PARAGRAFO 1.  CERTIFICADO O CONSTANCIA DE DESEMPEÑO.  La institución educativa guarumo, a solicitud del padre de familia y/o  acudiente, deberá emitir certificado o Constancias de Desempeño de cada grado cursado, en los que se consignaran los resultados de los informes periódicos.

ARTICULO 21. ESTRUCTURA DEL REGISTRO ESCOLAR DE VALORACION.  En la institución educativa guarumo, se mantendrá actualizado el registro escolar de los estudiantes, el cual consta de los datos de identificación personal, el informe de valoración cualitativa-cuantitativo de cada grado que haya cursado en la institución y el estado de la evaluación, que incluye las novedades académicas  que surjan.  La valoración de cada desempeño/estándar/competencia por área o asignatura se expresara en una escala de uno (1.0) a cinco (5.0).

 

Estos informes serán escritos, descriptivos, explicativo, objetivos y en un lenguaje claro y accesible a la comunidad.

Al finalizar  cada uno de los cuatro (4) periodo del año escolar,  los padres de familia o acudiente recibirán un informe escrito de evaluación en el que se dé cuenta de los avances de los educandos en el proceso formativo en cada una de las asignaturas.

 

Además  al finalizar el año escolar, como 4° informe, se les entregara a los padres de familia o acudiente un reporte final, el cual incluirá una valoración cualitativa-cuantitativa integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año.  Esta evaluación valorativa tendrá que tener en cuenta, el cumplimiento por parte del estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en periodos anteriores.

 

Se muestran las aéreas cursadas en cada grado con la intensidad horario semanal de cada una y el total de horas cursadas del respectivo grado.

 

El informe está en la escala con los siguientes indicadores de desempeño:

  • DESEMPEÑO SUPERIOR (DS):   se aplica al estudiante que alcanza la totalidad de los desempeños (100%), investigado y puede multiplicar el conocimiento (monitor o tutor), además, presenta excelente relaciones interpersonales.

 

  • DESEMPEÑO ALTO (DA): se aplica al estudiante que alcanza el 85% de los desempeño, amplia los conceptos trabajos en clase y además presenta buen comportamiento social.

 

  • DESEMPEÑO BASICO (DB):   se aplica al estudiante que de muestre ser competente con el 60% de los desempeño propuestos y presenta un comportamiento bueno o adecuado-

 

  • DESEMPEÑO BAJO (DB): Se aplica al estudiante que no cumple con los desempeños propuestos, no tiene deseos de aprender y presenta un comportamiento social

 

PARAGRAFO: en el nivel de desempeño Bajo se tiene en cuenta las dificultades en el proceso de aprendizaje y/o problema de comportamiento, para ello la institución previo análisis del caso prestara asesoría al estudiante y a la familia.

 

ARTICULO 22.  LAS INSTANCIAS,  PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMOS SOBRE LA EVALUACION Y PROMOCION.

 

Es pertinente que los estudiantes y los padres de familia tengan  muy bien definidos sus derechos y deberes en torno al sistema institucional de evaluación de los estudiantes, como los otros aspectos del contexto escolar.

PARAGRAFO 1.  Son derecho de los estudiantes:

 

Los estudiantes, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tienen derecho a:

 

  1. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales.
  2. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes, criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.
  3. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
  4. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.
  5. Conocer desde el inicio del año escolar, los contenidos, los desempeños/estándares/competencias, programa de cada una de la asignatura contemplada en el plan de estudio del grado que está cursando.
  6. Ser evaluado(a) y promocionado(a) conforme a las leyes, decretos, el sistema institucional de evaluación de los estudiantes y lineamientos del Ministerio de Educación Nacional.
  7. Presentar derecho de petición  e interponer recursos de reposición (ante el docente del área/asignatura) y apelación (ante el rector de la institución educativa) contra las decisiones de evaluación y promoción escolar.

 

PARAGRAFO 2.  Son deberes de los estudiantes:

Los  estudiantes, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, deben:

  1. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos en la institución educativa guarumo.
  2. Cumplir  con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades.
  3. Informar al acudiente legal de las citaciones extendidas por autoridad académica competente.
  4. Legalizar oportunamente toda inasistencia a la institución, siempre por escrito.
  5. Realizar las actividades de recuperación o nivelación de las áreas y/o asignaturas valoradas con desempeño bajo.

 

PARAGRAFO 3. Son Derecho de los padres de familia: En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia (y/o acudiente) tienen los siguientes derechos:

  1. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar.
  2. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
  3. Recibir los informes periódicos de evaluación en forma oral y/o escrita.
  4. Recibir oportunamente respuesta a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos.
  5. Presentar derechos de petición e interponer recursos de reposición (ante el docente del área/asignatura) y apelación (ante el rector de la institución Educativa) contra las decisiones de evaluación y promoción escolar.

 

 

PARAGRAFO 4.  Son deberes de los padres de familia: De conformidad  con las normas vigentes, los padres de familia deben:

 

  1. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y la promoción escolar.
  2. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
  3. Analizar los informes periódicos de evaluación.
  4. Visitar periódicamente a la institución para conocer el desempeño académico y actitudinal de sus hijos(mínimo una vez por semana)

 

Los alumnos y  padres de familia que consideren se hay cometido alguna injusticia o violación al debido proceso, presentara por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias institución educativa guarumo, para que sean atendidas sus reclamos en el siguiente orden:

 

  1. El docente en el aula.
  2. El comité Valorativo y de Apoyo de grado
  3. El consejo Académico.
  4. El Rector del establecimiento.
  5. El Consejo Directivo.

 

Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de cinco (5) días hábiles para resolver y dar respuestas a las reclamaciones por escrito con los debidos soportes.

No obstante lo anterior, los miembros de la comunidad Educativa podrá hacer uso del derecho de petición  e interponer los recursos de reposición (ante el docente del área/asignatura) y apelación (ante el Rector de la institución educativa)contra las decisiones de evaluación y promoción escolar, cuando por circunstancia, modo y lugar así lo consideren.

 

ARTICULO 23. MECANISMO DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE EVALUACION.  La presente Resolución fue analizada por el Rector, coordinador y todos los docentes dieron su opinión a cerca de ella.  Se analizo con el  Consejo Académico y se presento al Consejo Directivo para su aprobación.

 

ARTICULO  24.  Esta Resolución entra en vigencia a partir del 1 de Diciembre de 2009, en la Institución Educativa Guarumo.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.